El exparlamentario y exgobernador de Casanare, Helí Cala López, sería investigado por su eventual participación en el homicidio del señor Armando Hernández Chaquea. Así lo dispuso la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Los hechos se remontan a julio 28 de 2005 cuando Hernández Cachea, apodado “carafea” que tenía por oficio, albañil, y según fuentes de alta credibilidad, habría tenido antecedentes delincuenciales, fue asesinado, en el barrio San Jorge, por un hombre, el cual según la investigación fue apoyado por el detective del Das, adscrito al Gaula Casanare, Álvaro Francisco Rojas Manjarrés.
En los fallos de primera y segunda instancia proferidos por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Orocué y del Tribunal Superior de Yopal (14 de febrero de 2012) se absolvió al señor Rojas Manajarrés por los delitos de homicidio agravado y peculado por uso. Por ello el Fiscal 31 Especializado de la Unidad Nacional de Derechos Humano y Derecho Internacional Humanitario interpuso el recurso de casación en contra de estas sentencias.
Ahora la Corte resolvió condenar al detective como coautor del homicidio imponiéndole una pena de más de 30 años de prisión (365 meses) y la inhabilitación del ejercicio de derechos y funciones públicas por 240 meses. También le negó la concesión de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. Y por supuesto ordenó su captura inmediata.
En lo que tiene que ver con Helí Cala, la Corte expresa literalmente que “se omitió información probatoria que deja entrever que el procesado habría matado a Armando Hernández Chaquea cumpliendo un encargo del entonces gobernador del Casanare Helí Cala López, lo cual amerita que, por lo menos, deba investigarse la conducta de este último, por lo que se ordenará la respectiva compulsa de copias de la presente actuación”.
Igualmente se hace alusión a que “Existen las pruebas que fueron trasladadas de un proceso penal por el delito de extorsión cuya víctima sería el exgobernador Helí Cala López”.
Para la Corte “tal información probatoria fue legalmente recaudada y a partir de ella puede inferirse que, contrario a la conclusión del Tribunal, sí podían existir móviles en el procesado, inclusive en otros agentes del DAS para cometer el crimen que se juzga”.
En conclusión la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia ordenó compulsar copias para que se investigue su eventual participación en el homicidio de Armando Hernández Chaquea, quien al parecer lo estaba extorsionando, y por eso habría encargado al detective para matarlo.
Por otro lado se conoció que en el expediente también se indica que en un pasquín anónimo exhibido en Trinidad, se habría ventilado que Cala López estaba involucrado con la muerte del albañil, sin mayores pruebas.