El Tribunal Administrativo de Casanare, advirtió que en el proceso de acción pública de nulidad electoral que se lleva en contra del personero actual de la ciudad de Yopal, Cesar Hernando Figueredo Morales, éste último debe abstenerse de seguir interponiendo medidas dilatorias, de lo contrario será sancionado.
En auto del 23 de marzo de 2017, donde se resolvió una segunda recusación interpuesta por Figueredo Hernández, quien argumentó que por ser llamado testigo en un proceso de denuncia penal interpuesta ante la Fiscalía General de la Nación, por Orfilo González Cristancho el pasado 27 de febrero de 2017, la cual va en contra de los magistrados Néstor Trujillo González y José Antonio Figueroa Burbano y del ex magistrado Héctor Alonso Ángel Ángel, los dos primeros estaban impedidos para resolver el caso de acción pública de nulidad electoral que se lleva en su contra.
Sin embargo los magistrados en su pronunciamiento aclaran que dicha denuncia penal fue presentada con posterioridad a la interposición de las dos demandas de nulidad electoral, las cuales fueron radicadas el 13 de febrero de 2017, contra Figueredo Morales, sumado a que el denunciante penal González Cristancho no hace parte del proceso de acción de nulidad electoral, y que solo hasta el 21 de marzo de los corrientes, fue cuando el Personero de Yopal la puso de presente y se conoció esta denuncia, la cual a la fecha a ciencia cierta no se sabe en qué etapa procesal esta.
Por lo tanto la magistrada Miryam Esneda Salazar Ramírez, los Conjueces, Gladys García Barray y Jairo Humberto Rodríguez Acosta resolvieron que la recusación presentada por Figueredo Morales, no tiene vocación de prosperar, por lo que la denegaron y por el contrario decidieron devolver el expediente al despacho del Magistrado José Antonio Figueroa Burbano, para lo que en derecho corresponda, a su vez se le advirtió a Figueredo Morales que se abstenga de seguir dilatando el proceso electoral so pena de ser sancionado.