La nulidad de la elección de José Humberto Barrios Chaparro como presidente del concejo municipal de Yopal para el periodo 2020, podría tener incidencias disciplinarias en él y en los concejales Jorge Leonardo Infante, Tito Humberto Laverde, Cristian Martínez, Luz Mery Niño, Andrés Dainover Rodríguez y Jesús Alberto Vega, quienes lo eligieron.
Resulta que el Tribunal Administrativo de Casanare ordenó a la Secretaría de ese órgano que remita copia de lo actuado en la providencia proferida en el proceso de nulidad contra la elección de Barrios Chaparro, como presidente de esa corporación. Por considerar que se vulneró el artículo 28 de la Ley 136 de 1994, donde hace clara y precisa referencia sobre qué elecciones corresponden a uno o dos periodos constitucionales.
De otra parte, el Tribunal dice que “en lo que atañe a la petición de una orden al Concejo Municipal de Yopal para que realice un nuevo proceso de elección para suplir el cargo, es innecesaria, puesto que dicha Corporación, cuando se encuentre ejecutoriada esta providencia, debe proceder a cumplir la ley en caso de vacantes”.