Según informó el Invías, se restringe el paso de vehículos con peso bruto vehicular superior a 32 toneladas, entre el PR16+0000 y el PR107+0200, debido a la aceleración de los desplazamientos de la montaña.
La información emitida por el Instituto Nacional de Vías – Invías señala que, desde el colapso del puente Los Grillos en el mes de agosto de 2023, en este corredor se ha mantenido un plan de monitoreo de la zona de inestabilidad que contiene un sistema de alertas tempranas que ha permitido controlar el riesgo de la infraestructura vial de este tramo.
Sin embargo, el monitoreo evidenció en las últimas semanas una zona de inestabilidad de altas magnitudes localizadas entre los sectores Curisí (km 77) y el casco urbano del municipio de Pajarito (km 89), los cuales registran una tasa de crecimiento acelerada en desplazamientos y deformaciones de la ladera en las últimas semanas.
Ante la aceleración de los desplazamientos en la zona, los especialistas del Invías evalúan los procedimientos para mitigar y prevenir riesgos a los usuarios. Dentro de ellos, se hace necesario generar restricciones de tránsito de vehículos con más de 32 toneladas. Por ello, el Instituto recomienda a los vehículos con peso hasta de 52 toneladas utilizar como ruta alterna la Vía al Llano: Bogotá – Villavicencio – Yopal.
Mediante Resolución N° 01045 del 06 de abril de 2024 el Invías determinó en su artículo primero: Autorizar para la vía El Crucero – Aguazul, Ruta Nacional 6211, departamentos de Boyacá y Casanare, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución hasta que se supere la emergencia, las siguientes medidas:
1. Restricción al paso de vehículos con peso bruto vehicular superior a 32 toneladas, entre el PR16+0000 y el PR107+0200.
2. Restricción al paso de vehículos de carga con categorías superiores a C3S2, entre el PR16+0000 y el PR107+0200.
3. Paso uno a uno con velocidad máxima de circulación de 20 km/h, entre el PR79+0600 y el PR82+0000 y entre el PR84+0100 y el PR85+0800.
4. Restricción al paso de vehículos que superen las dimensiones establecidas en la Resolución 4100 del 2004, expedida por el Ministerio de Transporte, entre el PR79+0600 y el PR82+0000 y entre el PR84+0100 y el PR85+0800.
5. Restricción de la velocidad de circulación, sobre los puentes metálicos ubicados entre el PR79+0600 y el PR82+0000 y entre el PR84+0100 y el PR85+0800, a máximo 10 km/h.
Invías anunció que se encuentra ejecutando una consultoría por valor de $ 1.042 millones para determinar la solución definitiva de la problemática de inestabilidad regional que contempla un cambio de trazado en este sector, ya que, en los resultados de la primera etapa de este estudio, se determinó que no es viable continuar con el trazado actual.
La entidad recomienda a quienes transitan por este corredor estar atentos a la información publicada en los canales oficiales del Invías, como la línea gratuita #767, el canal de WhatsApp (+57) 1 7426767, sus redes sociales y la página oficial www.invias.gov.co