El Tribunal de Arbitramento de Cartagena, mediante Laudo Arbitral de fecha 10 de julio del 2018, denegó las pretensiones que la empresa Pavigas ltda., formuló en su demanda arbitral en contra de la Universidad de Cartagena y el departamento de Casanare, la cuales ascendían a diecinueve mil millones de pesos.
El alto tribunal consideró que había operado el fenómeno de la caducidad de la acción.
Esta demanda arbitral se originó en un contrato de obra civil celebrado en el año 2003 entre Pavigas Ltda y la Universidad de Cartagena, para la construcción de obras de ampliación y mantenimiento de redes eléctricas en el departamento de Casanare relacionadas con la línea 115 KV, subestaciones de Aguaclara, Yopal y Sardinas – Piñalito.
La vinculación del Departamento obedeció a la relación contractual principal que tenía con la Universidad de Cartagena en el Contrato Interadministrativo de obra pública por administración delegada No. 867 de 2002.