Tribunal Administrativo de Casanare conminó a la alcaldesa de Yopal Luz Marina Cardozo o quien sea el alcalde, para que en máximo 10 días presente el plan de acción sobre la solución definitiva de la problemática de la ciudadela La Bendición. No se aceptan prorrogas ni excusas expresó en auto de control de seguimiento a tutela relacionada con el caso.
El pronunciamiento se da luego de que el Ministerio del Interior a través de un oficio informara al Tribunal que el decreto 686 del 27 de abril de 2016 mediante el cual nombró el alcalde ad-hoc para el caso de la Bendición perdió su razón de ser por cuenta del nombramiento de la alcaldesa (e) de Yopal Luz Marina Cardozo a través del decreto 131 el 13 de julio de 2016 proferido por el Gobernador de Casanare, Alirio Barrera.
En este se aclaró que una vez suspendido el alcalde electo Jhon Jairo Torres desaparecieron los fundamentos de hecho y de derecho que dieron origen al decreto que designó a Julián Peña como alcalde ad-hoc.
La funcionaria o quien sea el alcalde designado deberá entregar el plan de acción sin dilaciones de ningún “pues el municipio es uno y permanente”. Lo anterior so pena de dar inicio a incidente de desacato por incumplimiento de los requerimientos hechos en la audiencia llevada del 13 de junio de 2016 en relación a someter a consideración del Comité del caso, el plan de acción y generar reportes en la primera semana de agosto.
En este auto se conoció además que el Tribunal le negó a una veeduría ciudadana de La Bendición hacer parte del Comité porque este fue conformado por el Consejo de Estado, sin embargo podrá acudir a este para plantear inquietudes y peticiones.
La Oficina de Talento Humano de la Alcaldía deberá certificar en cinco días quién es el alcalde encargado en remplazo de Torres y desde qué fecha.