
JJ Torres deberá declararse impedido para actuar en problemática de la ciudadela La Bendición y el Gobernador de Casanare deberá nombrar alcalde ad hoc. Para ello dispondrá de 10 días luego de que el primero protocolice su impedimento. Así lo determinó el Tribunal Administrativo de Casanare.
Igualmente el Tribunal en relación al seguimiento de la tutela que inicialmente era contra Corporinoquia ordenó que antes de culminar la primera semana de abril de 2016 el Alcalde de Yopal y el director de la Oficina Asesora de Planeación deberán acreditar avances del comité de seguimiento del caso para la solución integral de la problemática de la ciudadela La Bendición.
También se requirió a todos los integrantes del comité de estudio de la problemática de la ciudadela para que antes de finalizar junio se acrediten resultados del proceso decisorio y plan concreto de trabajo.
El Tribunal en la parte resolutiva requiere al alcalde para que acredite la ejecución de la decisión que haya adoptado respecto de eventual impedimento para ocuparse del acatamiento de los fallos constitucionales aludidos en la motivación y en qué fecha la haya dado a conocer al gobernador de Casanare.
Y requirió al gobernador de Casanare para que dentro den los diez días siguientes a la radicación de eventual impedimento del actual alcalde de Yopal acredite la provisión de alcalde ad-hoc o la solución institucional que estime pertinente en su ámbito de competencias.
En urbanización ilegal La Bendición se cumplió la obligación del suministro de agua potable en diciembre y enero constató secretaria de salud de Casanare ante el Tribunal Administrativo.