Desde el 23 de agosto de 2021, la orden del Juez es que con su propio pecunio se ejecuten los trabajos y actividades necesarias para restituir el espacio público ocupado ilegalmente en la ronda protectora del Caño Agua Verde del municipio de Yopal en armonía con las normas urbanísticas del POT y la restauración ambiental del sector.
Son varios los actores que durante años han invadido, usufructuado y construido hasta piscinas en la ronda del caño Agua verde y, que ahora por decisión judicial tendrán que demoler, remover escombros, restituir, reforestar y devolver en sectores el bosque de galería.
La administración municipal de Yopal y Corporinoquia tienen la responsabilidad de aprobar los medios concretos y la secuencia de ejecución de cada una de las actividades al igual que la verificación de resultados y seguimiento para que no vuelvan a invadir.
En cuanto a los plazos, el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal determinó que para someter proyectos a los filtros técnicos a la alcaldía y CORPORINOQUIA, tienen hasta dos (2) meses siguientes a la ejecutoria y para ejecutarlos, con resultados, hasta seis (6) meses subsiguientes.
Pero también determinó que, si alguno de los particulares condenados no lo hace dentro del plazo establecido en el fallo, lo hará el municipio, con sus medios, y perseguirá el pertinente reembolso de costos, gastos y AIU. Pero esto no va solo para las personas que fueron demandadas, también para aquellos infractores que no fueron vinculados al proceso y donde la administración municipal de Yopal tiene de iniciar con los procesos sancionatorios urbanísticos correspondientes.
Para el juez segundo administrativo de Yopal, la alcaldía de Yopal, mediante correo electrónico recibido el pasado 2 de noviembre de 2021, allegó informe, mediante el cual entidad territorial manifestó que ha realizado visitas al sector con registro fotográfico, las cuales fueron realizadas el 16 de junio, 29 de julio de 2020 y 15 de febrero de 2021, igualmente señalan que se están adelantando las respetivas querellas de apertura de los procesos verbales abreviados. Aportan informe con registro fotográfico.
Al momento de revisar el expediente electrónico se observa nuevo informe de la entidad territorial, pero revisado el contenido del mismos se evidencia que son los mismos archivos aportados con el primer informe, como también dentro del mismo se encuentra información que es ajena a este medio constitucional, correspondientes a otros procesos.
En lo referente a los particulares condenados propietarios o poseedores de la tienda el el cachilapo, Ronald Jefrey Wilches Torres, Nilson O Nixon Gómez Fonseca, Fabio Castro Sáenz (sucesores), Roger Oswaldo Wilches Torres, William Dueñas, Alfonso Bello, Fernando Álvarez, Gundisalvo Sierra Y Darío Vargas, dentro dentro del caso del «Caño Aguaverde» en la vereda la Unión de Yopal.
Razón por la cual el juzgado segundo administrativo de Yopal este 16 de noviembre de 2021, abrió incidente de desacato en contra del alcalde municipal de Yopal Luis Eduardo Castro y los particulares anteriormente nombrados no han dado cumplimiento a las ordenes impartidas en la sentencia, en razón a que los términos estipulados en misma no han sido cumplidos, cuando han transcurrido mas de dos años del fallo, lo que percibe el juez en el informe presentado por municipio es que no hay actuaciones determinantes que lleven a recuperar la ronda del caño “Aguaverde”