El abogado Alfredo Rodríguez, MBA en gobernabilidad y democracia de la Universidad Santo Tomás y docente en teoría jurídica de la Universidad de San Buenaventura, sede Villavicencio, en diálogo con Las Mañanas de Violeta explicó varios aspectos acerca del calendario electoral expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
La primera observación que hizo es que la entidad estatal expide un documento oficial, para cada proceso electoral. En el caso específico de los comicios del presente año, dicha reglamentación quedó configura en la Resolución 14778 del 11 de octubre de 2018. En el mismo se determinan entre otros ítems las fechas destinadas para la inscripción de cedulas. Para esta ocasión empezaron el 27 de octubre del año pasado y cierran el próximo 27 de abril de 2019.
Hay una salvedad y corresponde a los nuevos ciudadanos, es decir para quienes van a sacar la cédula por primera vez. En este caso la fecha límite de inscripción es el 27 de junio. La prórroga aplica para quienes se encuentren en el proceso de trámite por pérdida de documento de identidad.
De igual forma el 27 de junio vence el plazo para los comités, grupos significativos de ciudadanos y promotores del voto en blanco, inscriban sus candidatos mediante el mecanismo de recolección de firmas, cuyo número debe ser igual al 20 por ciento del censo electoral, de la entidad territorial a la cual se quiere aspirar.
En este campo dijo que una vez se haga el respectivo registro, ya se cuenca con el aval de la Registraduría, que cuenta hasta el 04 de agosto para revisar las firmas y publicar las listas de los candidatos admitidos. Aclaró que, si la Registraduría encuentra algún tipo de anomalía, anula la inscripción.
Continuando con el calendario electoral, el 27 de julio se abre el proceso de inscripción de candidatos por partido o movimientos políticos. Cualquier cambio de última hora en los listados tienen plazo hasta el 02 de agosto para hacerlo efectivo.
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