Con el fin de adoptar medidas y estrategias tendientes a reducir los riesgos a los que se encuentran expuestos los niños, niñas y adolescentes del municipio al acceder, sin ningún control, a alimentos, elementos o mercancías de todo tipo, suministrados por personas ajenas a la comunidad educativa, la Administración Municipal Todos Liderando el Cambio, expide Decreto N° 104 del 26 de octubre de 2016, mediante el cual se prohíbe el comercio ambulante o estacionario en los alrededores de las instituciones educativas.
Serán decomisados, los bienes, implementos y mercancías, en tenencia de los vendedores ambulantes y estacionarios que no acaten las disposiciones del presente Decreto, de acuerdo con lo contemplado en el numeral 10 artículo 186 del Decreto 1355 de 1970 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
Se autoriza a la Inspección de Policía y a la Policía Nacional realizar los operativos de control, ejercer la vigilancia y aplicar las sanciones de su competencia que origine el incumplimiento a este Decreto, quienes rendirán a la Secretaria de Gobierno y Participación Comunitaria, los informes de las sanciones correspondientes