Ayer en horas de la tarde él Juzgado Tercero Penal Del Circuito, profirió sentido de fallo condenatorio contra los Exconcejales de Yopal, Oromairo Avella Ballesteros, José Reinaldo Pérez Piragauta, Rafael Ernesto González Peña, Alejandro Barragán Unda, Germán Orozco Barrera y Rafael Castro Buitrago, por el delito de violencia contra servidor público, hechos denunciados por los también Exconcejales Cristóbal Torres y Gladys Amparo Sanabria Gutiérrez.
Miguel Celi, Abogado de los denunciantes, informó que la lectura de fallo se realizaría el próximo 12 de diciembre, donde el Juez Tercero Penal Del Circuito determinará cual es la pena para cada uno de ellos, partiendo que la fiscalía y los denunciantes pidieron una condena de ocho años de cárcel para todos los implicados en el caso y teniendo en cuenta que este tipo de delito no tiene subrogado penal llamase libertad provisional, brazalete o prisión domiciliaria.
También ha advertido el apoderado de los denunciantes que por ahora se espera la lectura de fallo en el mes de diciembre y que muy seguramente se dará la apelación al mismo por parte de los condenados, quedando el proceso a manos del Tribunal Superior Del Distrito, quien tendrá la competencia para modificar el fallo, confirmarlo o revocarlo.
Recordemos que el Tribunal Administrativo de Casanare, hace menos de 10 días denegó las pretensiones de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por los Exoncejales Oromairo Avella, German Orozco y José Reinaldo Pérez quienes pretendían por vía administrativa revocar el fallo de segunda instancia de la Procuraduría General de la Nación, donde se les sancionó con la destitución e inhabilidad general por el término de 18 años por el delito de violencia contra servidor público a estos mismos Exconcejales.
Donde la Procuraduría General de la Nación, en marzo de 2012, los sancionó porque forzaron mediante amenazas e intimidaciones a los también concejales Gladys Amparo Sanabria Gutiérrez y Cristóbal Torres Pérez, a que mediante vídeos se auto incriminaran e incriminaran a miembros de la administración municipal de Yopal en una serie de negociaciones indebidas que involucraban procesos contractuales de la Alcaldía y de la empresa de acueducto y alcantarillado, obligándolos además a la firma de las respectivas cartas de renuncia y letras de cambio; solo tres de ellos determinaron interponer esta demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Tribunal Administrativo de Casanare.
Los hechos según la Procuraduría General de la Nación se remontan al mes de abril de 2009, donde en la residencia de uno de los sancionados, Luis Carlos Pérez, se ejerció la fuerza a través de amenazas que garantizaran que los intimidados concejales votaran los proyectos de acuerdo municipal en la forma como los imputados lo decidieran.
Y donde la Procuraduría logró evidenciar que dentro de estas mismas actuaciones estaban involucrados Oromairo Avella Ballesteros, José Reinaldo Pérez Piragauta, Rafael Ernesto González Peña, Alejandro Barragán Unda, Germán Orozco Barrera y Rafael Castro Buitrago, en la condición de concejales del municipio de Yopal, Casanare, para la fecha de los acontecimientos.
La falta fue calificada como gravísima por estar contenida en el artículo 48 de la Ley 734 de 2002, por encuadrar en el comportamiento imputado en el delito de violencia contra servidor público, de conformidad al artículo 429 del Código Penal – Ley 599 de 2000. La conducta de los disciplinados les fue imputada a título de dolo.
Ampliación en el siguiente audio:
Miguel Celi, Abogado de los denunciantes.