La Comisión Nacional del Servicio Civil y el municipio de Yopal, el pasado 04 de Marzo suscribieron un acuerdo que tiene como fin establecer las reglas del proceso de selección por méritos, para proveer definitivamente las vacantes, pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Yopal.
La convocatoria No 1066 de 2019, espera proveer de manera definitiva ciento setenta y nueve (179) empleos, con trescientos once (311) vacantes, todos estos pertenecientes a la carrera administrativa que corresponden al nivel profesional, técnico y asistencial.
El valor de los derechos de participación será de acuerdo el cargo que cargo al cual se quiere acceder. Para la categoría profesional, un salario y medio mínimo diario vigentes (1.5 SMDLV). En el nivel técnico y asistencia, un salario mínimo diario legal vigente (1 SMDLV). El municipio pagará la diferencia entre lo recaudado y el costo total de la convocatoria.
Para participar en la convocatoria se requiere se ciudadano colombiano. Cumplir con los requisitos mínimos del empleo que escoja el aspirante, señalados en la Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC), conforme al manual de funciones y competencias laborales actualizado de la entidad.
No encontrarse incurso dentro de las causales constitucionales y legales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones para desempeñar empleos públicos, que persistan al momento de posesionarse, en el evento de ocupar una posición de elegibilidad como resultado del proceso de selección.
Aceptar en su totalidad las reglas establecidas en la convocatoria. Registrarse en el SIMO. Por último cumplir los demás requisitos establecidos en normas legales y reglamentarias vigentes.
En cuanto a las causales de exclusión de la convocatoria se encuentran, aportar documentos falsos o adulterados para su inscripción. No cumplir los requisitos mínimos exigidos en la OPEC.
No presentar o no superar las pruebas de carácter eliminatorio, establecidas para el proceso de selección.
Ser suplantado por otra persona para la presentación de las pruebas, previstas en el proceso. Realizar acciones para cometer fraude en el proceso de selección. Transgredir las disposiciones contenidas tanto en el Acuerdo, como en los demás documentos que reglamenten las diferentes etapas del proceso.
No acreditar los requisitos establecidos en la OPEC del empleo al cual se inscribió. Conocer con anticipación las pruebas aplicadas. Para mayor información puede consultar www.cnsc.gov.co
Resulta extraño que los 4 nuevos cargos creados por esta administración no están en la oferta de la convocatoria, entre ellos el nuevo inspector de policía, y la nueva inspección de tránsito.