La alcaldesa (e) de Yopal Luz Marina Cardozo le reclama al alcalde ad-hoc para el caso de La Bendición, Julian Peña, asumir su responsabilidad en la presentación del plan de acción para solucionar caos generado por su jefe Jhon Jairo Torres, aunque en junta de gobierno del 24 de julio ella manifestó que como no estaba impedida para ejercer esas funciones ya no se requería su intervención.
La funcionaria en una misiva enviada el pasado viernes cinco de agosto le dice a Peña que según el decreto 686 de abril 27 él tiene funciones de alcalde ad-hoc de Yopal para ese particular y por tanto le pide que someta a consideración el plan de acción que debe ser entregado dentro de la primera semana de agosto conforme a la audiencia del 13 de julio y auto de fecha 3 de agosto en el Tribunal Administrativo de Casanare. Al tiempo que le informa el concepto de la Procuraduría Regional de julio 27 de 2016 y recibido en agosto 4 en la Alcaldía.
En este concepto el Procurador Regional Luis Ariel Corredor, ante la inquietud de la alcaldesa sobre la vigencia del decreto de nombramiento del alcalde ad-hoc, le responde que no puede resolver casos particulares porque eso le corresponde a otras entidades sin embargo sugiere “esperar a la decisión del Gobernador en cuanto a la designación del alcalde encargado, de conformidad con la terna que se presente, con el fin de que no se presenten desgastes administrativos ni interrupciones innecesarias en los procedimientos que se adelantan.”
Así las cosas continúa dilatación sobre en quién recae la responsabilidad de los tramites, actuaciones administrativas y judiciales para solucionar problemática de servicios públicos, orden público e infracción urbanística de la Ciudadela La Bendición.
El alcalde ad-hoc Peña expresó en Contacto Noticias que cuando le informaron que había alcaldesa encargada por el gobernador y ante la manifestación de que no estaba impedida cesaron sus funciones y por tanto hizo entrega al Tribunal del plan de acción que había alcanzado a esbozar para darle curso a soluciones en La Bendición.
Por ahora el Tribunal le solicitó al Ministerio del Interior expedir un acto administrativo o certificación que corrobore la cesación de las funciones del alcalde ad-hoc en tiempo inferior a cinco días.