Negada tutela contra el concurso de méritos para elegir el cargo de personero de Yopal, interpuesta por varios participantes contra el Concejo de Yopal y la Universidad Unitrópico. El Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías tomó la decisión.
La acción constitucional fue instaurada por Oscar Beltrán, Diana Romero, Francisco Cala, Ricardo León, Omar Coa y Yineth Katherine Salinas, en forma independiente pero se acumularon en una sola. Ellos consideraron que no hubo garantías en el proceso realizado al considerar que la Unitrópico no había contratado una empresa que guardara la cadena de custodia de las pruebas de conocimientos al igual que el día inicial de la prueba los participantes ingresaron con celulares y otros elementos tecnológicos y bolsos sin ningún impedimento. Por ello se retiraron del recinto y no hubo prueba el cuatro de diciembre.
Igualmente cuestionaron que luego de ese incidente se trató de superar mediante un acta que fijo un nuevo cronograma que convocó a pruebas el 12 de diciembre, cuando solo se presentaron seis concursantes.
Para el Juez Unitrópico y el Concejo subsanaron el impase inicial y convocaron a pruebas ocho días después, por ello carece de objeto la solicitud de protección de los derechos. De igual forma con respecto a la cadena de custodia se expresó que no existe regla o norma en la resolución 133 del ocho de noviembre que dispusiera la obligación de contratar una empresa para llevarla a cabo.
El juez considera que “carece de importancia si esa entidad contratada tenga o no experiencia en el manejo de este tipo de concursos”, pues el artículo 2485 de 2014 da la posibilidad a los Concejos municipales de elegir cualquiera de las posibilidades para realizar el concurso, es decir se podía hacer mediante un convenio con una universidad o institución de educación superior pública o con entidades en procesos de selección de personal.
Finalmente el Juzgado considera que con la resolución que modificaba el cronograma del concurso no se afectó ninguno de los derechos fundamentales de los aspirantes.
En el análisis hecho por el Juzgado no se contempló la eliminación de la prueba de conocimientos específicos 14 preguntas incoherentes hechas por Unitrópico.
Contra la tutela procede el recurso de impugnación que deberá ser interpuesto dentro de los tres días siguientes a la notificación del fallo.
Mientras tanto solo un participante sigue activo en el concurso y es el virtual personero de Yopal, se trata de César Hernando Figueredo.