La acción popular presentada ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Bogotá señala que las 21 EPS vulneran el derecho de acceso a la salud y no cumplen con los requisitos financieros establecidos por la Superintendencia de Salud.
La demanda presentada por Minsalud alega la violación y amenaza de los derechos colectivos a la defensa del patrimonio público, la moralidad administrativa, y el acceso al servicio público a la seguridad social en salud y a que su prestación sea eficiente y oportuna. Según el director jurídico del Ministerio Rodolfo Enrique Salas Figueroa, las EPS incumplen con la obligatoriedad de constituir y mantener las “Reservas Técnicas” para garantizar los pagos para la prestación de servicios salud.
«Las Reservas Técnicas son activos que dan seguridad y liquidez al asegurador, con ellas las EPS pueden pagar a su red de prestadores. Las EPSs deben garantizar estas reservas de los recursos de la UPC que provienen de los aportes en Salud de todos los Colombianos», expresó el ministerio a través de su cuenta de X.
En La demanda presentada por Minsalud se aclara que según el informe de la Superintendencia de Salud “evaluación del cumplimiento de los indicadores de capital mínimo, patrimonio adecuado y régimen de inversión de reserva técnica-septiembre 2023”, calculado con la información enviada por las propias EPS, se recalca el incumplimiento en las reservas técnicas por parte de las EPS demandadas.
Entre los demandados se encuentran: Capresoca EPS-S, Comfenalco Valle EPS, Compensar EPS, Sanitas S.A EPS, Unidad de Servicio Médico EPM, Famisanar EPS, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, Servicio Occidental de Salud S.A, Capital Salud EPS-S SAS, La Alianza Medellín Antioquia EPS S.A.S, Nueva EPS S.A, Caja de Compensación Familiar Cajacopi Atlántico, Cajacopi EPS SAS, Asmetsalud EPS SAS, Emssanar EPS SAS, Salud Mia EPS, Caja de Compensación Familiar del Chocó, Comfachocó, Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano Comfaoriente, Asociación Mutual Ser Empresa Solidaria de Salud ESS, Cooperativa Empresa Solidaria de Salud y Desarrollo Integral “Coosalud ESS” EPS-S, Salud Total EPS S.A, y EPS Sura.
El ministerio solicita a las EPS “de manera inmediata realicen las gestiones necesarias con la finalidad de dar cabal cumplimiento a la constitución e inversión de reservas técnicas, para garantizar las obligaciones pendientes (…) en procura de garantizar el derecho fundamental a la salud y su debida prestación de los habitantes del territorio nacional”.